Que gran error es avalar a un familiar

Que gran error es avalar a un familiar. No es un acto de amor sino una tontería

Avalar a un familiar no es un acto de amor sino una gran tontería.

Estos días se ha puesto de moda el problema de los avales a cuenta del desahucio de una anciana de 85 años que cometió el error de creer que avalar al gilipollas de su hijo era un acto de amor en vez de lo que realmente es, un acto económico de consecuencias fatales.

También podría decirse que es un acto de fe en la credibilidad, solvencia y buenas intenciones del avalado.

Pero mucha gente sencilla no entiende lo que significa ser avalista. Cuando avalamos con  nuestra garantía personal a un familiar estamos arriesgando todo nuestro patrimonio, presente y futuro.

En los contratos, junto al término avalista deberían añadir, «el que pierde su casa en caso de impago».

Y al escribir la palabra avalar en Google, el primer resultado debería ser la foto de un tipo con orejas de burro.

Lo repito, avalar es muy mala idea.

El banco, además, suele endurecer las condiciones incluyendo la fórmula del aval solidario, con renuncia a los beneficios de orden, división y excusión.

Es decir, que el acreedor no va intentar cobrar la deuda actuando en primer lugar contra el deudor principal y después contra el fiador ni tampoco va a dividir la deuda entre los varios fiadores sino que actuará contra quien estime más conveniente, contra aquél cuya solvencia sea mayor, o simplemente mas fácil de convertir en dinero.

Por cierto, que recientemente ha habido una resolución judicial que ha considerado esta cláusula como abusiva porque con ella «el fiador solidario no es un simple avalista, sino que se transmuta en auténtico deudor (…) convirtiendo en desproporcionada la renuncia a esos derechos».

Con esta fórmula, lo único que le queda al avalista es el derecho a  exigir posteriormente al deudor principal las cantidades que haya tenido que pagar al banco. Triste derecho cuando se trata de un hijo o familiar, que además está en las últimas.

Y aún peor, a veces la situación de impago se produce porque el hijo o la hija avalados se han divorciado y la ex-pareja cuyos padres no avalaron el crédito deja de pagar su parte sabiendo que serán sus ex-suegros quienes tendrán que pagar la fiesta.

Creedme, lo he visto muchas veces.

Hay mucho primo pagando a solas su hipoteca, sin ayuda de la ex pareja, sencillamente porque no puede dejar de pagarla ya que sus padres avalaron el crédito.

Lo vuelvo a repetir, avalar a un hijo es muy mala idea.

Una opción intermedia sería la de firmar como hipotecante no deudor, aportando como garantía una propiedad inmobiliaria. Con esta figura no estamos avalando con todo nuestro patrimonio, así en general, sino solo con la parte de la deuda que grava nuestra propiedad como garantía real del cumplimiento de las obligaciones del deudor.

Pero ojo, porque a veces los bancos piden tanto aval como hipoteca.

En este caso, el fiador otorga como garantía del pago de la hipoteca una propiedad concreta y su responsabilidad se agota con ella. No pone en peligro todo el patrimonio presente y futuro sino sólo un bien determinado. Es una de las opciones que se utiliza cuando el avalista no quiere arriesgar el conjunto de sus propiedades y prefiere tener una responsabilidad limitada.

Además la vivienda responde sólo en la parte hipotecada, es decir por la responsabilidad hipotecaria asignada a la finca registral

Un ejemplo sería cuando una familia solicita una hipoteca por el cien o el ciento veinte por cien de su valor de tasación. Como lo máximo que suelen conceder los bancos es un 80% de la tasación con esta fórmula pueden ofrecer la opción de hipotecar la casa de los padres para llegar a la cantidad que se necesita. En este caso los padres no serían avalistas sino hipotecantes no deudores.

Así limitan su responsabilidad a lo hipotecado, dejando a salvo el resto del patrimonio.

Lo malo de esta fórmula es que si el deudor no paga el banco ejecuta la hipoteca y en menos de un año el avalista pierde la propiedad. Por un lado limita los daños pero por otro la acción judicial es fulminante.

¿Y Tristán está completamente en contra de avalar?

Avalar a un familiarNo.

De hecho yo mismo he necesitado en alguna ocasión (y obtenido) el aval de mis padres y ahora mismo acabo de avalar el crédito hipotecario de una hija.

Pero el crédito de mi hija representa menos del cinco por ciento de mi patrimonio y si tuviera que hacerme cargo de su pago no sería mi ruina.

Lo que es de idiotas es ayudar a la familia a que puedan comprar su casa y para ello avalar una deuda que representa el setenta u ochenta por ciento del patrimonio del avalista. Si las cosas se tuercen no solo el familiar pierde su casa sino que arrastra al avalista, que también pierde la suya.

Ni los bancos deberían aceptar algo así ni la Ley lo debería permitir.

Porque hay mucho padre tonto suelto por ahí.

Los españoles hemos demostrado sobradamente que no somos responsables de nuestros propios actos y que cuando las cosas no salen como pensábamos no nos gusta asumir la consecuencia de los mismos.

Por eso se hace necesario que papá Estado nos trate como a menores de edad y prohíba de una vez que se pueda avalar con la vivienda familiar.

Y aquí el mismo asunto tratado magníficamente por un notario.

Si lo que has leído te ha parecido mínimamente interesante, por favor, pincha en alguno de los iconos sociales.
Soy Héctor Arderíus, pero todos me conocen como Tristán el Subastero.
Flechas rojas redes sociales

24 comentarios en “Que gran error es avalar a un familiar
  1. Y si tienes posibilidades, si el niño o la niña necesitan un 10 ó 20% del importe de la compra, se les presta, uno al menos ya sabe lo que puede perder (o ha perdido).

  2. Antes era mucho más fácil avalar porque habían condiciones laborales óptimas y era mucho más seguro, desde luego avalar ahora es lo más parecido a poner en venta tu casa, hay que tenerlo todo claro para llegar a dar el paso

  3. mtlc2012

    Buenos días a todos: En mi primera participación en Subastomics y quiero felicitar a Tristán por esta Web.

    Respecto a este tema quisiera mencionar dos puntos:

    1.-) Recientemente el hijo de la anciana hablo en la radio y su versión es distinta a las que se menciona en el blog así como la que ha sido difundida. El prestamo se dió a la familia y se puso como aval la casa (que es propiedad de todos). Si reconocía que el problema fue el pedir un prestamo a un usurero que en el momento que enganchó presa ya no la soltó.

    2.-) Respecto a avalar, estoy de acuerdo que hay que asumir lo que se acuerda. Pero debido a la complejidad de algunos contratos (y sus multiples interpretaciones) se induce a una de las partes a firmar y esto es lo que hay que proteger. No es normal que una empresa siempre haga un tipo de contrato y siempre tenga problemas con la interpretacion que hacen sus clientes. Y como ejemplo poco a las operadoras telefonicas. Si hay muchas quejas sobre lo que indica el contrato se debe exigir a la operadora que lo redacta de una forma inteligible, ya que si no lo hace se le debe presuponer mala fe. La operadora firma muchos contratos yo solo uno.

    1. Gracias por tu aportación mtlc2012. Sin duda te refieres al oscurantismo del negocio de los prestamistas y a la casualidad (nada casual) de que sus deudores siempre acaben manifestando que la cantidad realmente prestada no refleja la realidad de lo que sucedió.

      Tienes razón, siempre es así. Les prestan diez y les hacen firmar como si les hubieran prestado quince.

      Lo que no acabo de entender es que hace falta ser muy gilipollas para hacer negocios con según que tipo de gente.

      Y en este caso concreto, hacer negocios con ese tipejo y encima avalando con la casa familiar. Muy poco cerebro veo en este asunto.

  4. Pingback: Anónimo

  5. Cas

    <>

    Buenas a todos, Tristan, sigo tus dos blogs desde hace tiempo y son toda una escuela para graduarse Summa Cum Laude en el tema.
    Sin embargo este planteamiento me ha llegado al alma… puestos a idiotizar y prohibir ¿por qué no prohibimos las hipotecas? y lo siguiente, los bancos; y después las casas, y después…

    Y mira que he tenido broncas con bancos por sus sinvergonzonerías varias, pero idiotizarnos me parece inaceptable moralmente.
    Esta sociedad tiene que madurar moralmente, y se empieza por dejar de idiotizarnos y que cada uno cargue con las consecuencias de lo que hace, para bien y para mal.
    Con un cuchillo, con un tenedor o incluso con una pluma o un boli se puede matar a una persona, y no por eso hemos prohibido los cubiertos (y digo yo que la muerte es más grave e irreversible que el desahucio, aunque según las historias que nos cuentas empiezo a dudarlo :P)

    Que siga el debate.
    Saludos

    1. En realidad ya sabes que yo pienso como tu, pero pronto va a venir Podemos a gobernarnos a todos y verás que risa cuando diga que todos los avales son papel mojado.

      1. Tonigs

        Yo he tenido mil y una discusiones con el tema de la dación en pago, estas no son las reglas del juego en España y de ser así yo como banco no daría más de un 50 o 60% si se permite la dación en pago… El banco no es una immobiliaria aunque a día de hoy lo parecen…

        1. Efectivamente si en España estuviera generalizada la dación en pago el resultado serían menos hipotecas y más caras. Como siempre los mismos de siempre siendo un lastre para el resto.

  6. Tonigs

    No es para ahorrarse unos meses/años para cobrar la totalidad de lo prestado? De esta manera ya tienes medio trabajo hecho… No? Visto des de mi ignorante punto de vista…

    1. Es que yo tuve un día la oportunidad de charlar con el letrado del banco y le pregunté cómo era que habían demandado en la misma ejecución hipotecaria al deudor y al avalista y la explicacion era muy sencilla y en ese momento me encajó perfectamente. Ahora no la recuerdo.

  7. Jotaerre

    Buenas, a instancia de Tristán acudo a exponer mis dudas: en el caso que motiva el post era un préstamo personal avalado con una hipoteca sobre la finca de la madre no deudora, así que ahí no hay problema.
    ¿De qué otro supuesto estamos hablando?

  8. FCALVO

    Como he hecho algunas veces………. pondré la guinda en el pastel para crear alguna polémica.
    Dicho esto, si un acreedor entabla un procedimiento de ejecución hipotecaria no puede en el mismo procedimiento ir contra el avalista. El avalista avala el préstamo y cuando se inicia una ejecución hipoteca se va contra el bien no contra el título ejecutivo.
    Que los bancos lo hacen y los juzgados tragan, pues síiiiiii.
    La polémica está servida.
    Saludos

    Francisco Calvo
    administrador http://www.subastasunicas.es

    1. Saludos, Francisco. ¡¡Es cierto!! Incluso una vez lo hablé con un abogado del banco de Santander y me explicó cómo lo hacían y era muy sencillo. Aunque ahora no lo recuerdo.

      Tiro a voleo: ¿Presentan primero la ejecución ordinaria exclusivamente contra el/los avalistas y luego inician la acción hipotecaria contra el deudor.

      Bueno, eso solo en el caso de avalistas personales, porque respecto a lo que he mencionado al final del post acerca de los «hipotecantes no deudores», cuyo aval está garantizado por la hipoteca, en estos último casos no hay duda de que se inicia la acción hipotecaria desde el principio.

      1. FCALVO

        Ya……..pero qué cuantía reclaman en la ejecución ordinaria. Para saberlo se tiene que haber liquidado la prenda y si queda crédito por cobrar entonces es cuando hay que entablar la demanda contra los avalistas.
        Pero lo que estoy viendo es que en la misma ejecución hipotecaria se demanda al deudor y a los avalistas y esto no puede ser……..Esto lo tengo muy claro.
        Saludos

  9. bodhi

    «Los españoles hemos demostrado sobradamente que no somos responsables de nuestros propios actos y que cuando las cosas no salen como pensábamos no nos gusta asumir la consecuencia de los mismos.

    Por eso se hace necesario que papá Estado nos trate como a menores de edad y prohíba de una vez que se pueda avalar con la vivienda familiar.»

    Firmo debajo de esto donde haga falta. Y adaptando lo que dijo aquel chaval alemán que algo debía saber del tema: «Sólo hay dos cosas infinitas: el universo y la estupidez humana. Y de lo primero no estoy seguro».

  10. Diego

    Hola Trsitan, ¿oye, en alguna de las reformas recientes para «proteger a los deudores hipotecarios» no se incorporó una disposición por la que, en caso de ejecución, no se podía actuar contra el avalista hasta no ejecutar el bien hipotecado del deudor? Me suena pero no me hagas mucho caso porque no estoy seguro……..

    Un saludo

      1. Pablo

        Creo recordar que sí, PERO cuando se trate de un avalista en el «umbral de exclusión». Habría que echarle un vistazo a esos reales decretos leyes que se aprobaron para proteger a los deudores hipotecarios sin recursos (creo que hubo dos…).

  11. Y debe continuar siendo así. Pero de nada sirve que puedan avalar con su propia y única vivienda si luego viene el gobierno populista de turno y anula esos avales acusándolos de abusivos como han hecho con las cláusulas suelo y van a hacer con las hipotecas en divisas.

  12. Kyrie Lomthe

    Lo siento pero no estoy de acuerdo conque se prohíban los avales tal como propones, el Estado ha de dar la máxima libertad posible a los individuos para pactar lo que estimen conveniente; lo que habría que fomentar es la responsabilidad de la gente y enseñarla a saber lo que firman y las consecuencias que acarrea.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *