Claves para organizar el patrimonio inmobiliario para mi futura Libertad Financiera

Claves para organizar el patrimonio inmobiliario

 

En España hay un ministro que estuvo a punto de tener que dimitir cuando se descubrió que había constituido una sociedad para poner a su nombre su patrimonio inmobiliario, que consistía solo en un chalet que iba a comprar en Jávea con los ahorros de toda su vida.

Estoy convencido de que el ministro Pedro Duque es una persona muy inteligente o de lo contrario nunca habría podido pasar las exigentes pruebas que le convirtieron en astronauta. Sin embargo sus asesores fiscales no estuvieron muy afortunados cuando le aconsejaron meterse en semejante berenjenal: La oposición le acusó de hacer ingeniería fiscal para pagar menos impuestos y, aunque él demostró que haciéndolo así había pagado más impuestos, el asunto casi le cuesta el puesto.

¿Y por qué lo estructuró de esta forma si iba a pagar más impuestos?

Pues muy sencillo, my friend, porque sobre este asunto hay mucha leyenda urbana y lo cierto es que no siempre pagas menos impuestos cuando tributas como sociedad. Eso dependerá del número de activos que vayas a alquilar, de si eres tú mismo quien vaya a disfrutar de la vivienda y de otros factores que Pedro Duque no tuvo en consideración.

Una de las cosas que más les interesa a los alumnos de TOPsubastas es averiguar la mejor estructura, desde el punto de vista fiscal, para comenzar a construir un patrimonio inmobiliario.

Y ojo, que la cuestión no s baladí, pues no sería el primer inversor que construye su patrimonio inmobiliario sin una estrategia eficiente y luego se tiene que gastar un congo en hacer las reformas necesarias.

A continuación lo que podría ser un resumen de las dudas que tienen los que empiezan en el negocio de las subastas.

 1. Carta a los Reyes Magos de un inversor novato que se dispone a construir un patrimonio inmobiliario

Primera cuestión: ¿Constituyo una SL o es más barato fiscalmente comprar y vender como persona física?

Además, esta consulta tiene dos variantes diferentes:

  • Que el inversor sea un especulador que quiere obtener beneficios comprando y vendiendo tan rápido como sea posible.
  • Que el inversor solo desee obtener rentabilizar por alquiler los activos adquiridos.

Por un lado sabemos que el Impuesto de Sociedades castiga los beneficios con un 25% mientras que las personas físicas solo pagan el 19% en los primeros euros y luego el 23% sobre el resto.

¿O sea, mejor tributar como persona física o hacerlo como SL?

Y si lo que quiere el contribuyente es solo alquilar los bienes adquiridos, hay que decir que las empresas siguen tributando un 25% sobre los beneficios mientras que las personas físicas ven reducido lo que tienen que pagar porque el rendimiento obtenido por la diferencia entre ingresos y gastos goza de una reducción del 60 por ciento en los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda.

¿Es mejor tributar los alquileres como persona física?

Como argumento contrario, hay que decir que solo las sociedades pueden desgravar todos los gastos relacionados con la inversión y, además, incluir los gastos derivados de su actividad.

¿Entonces mejor como SL? ¡Vaya lío!

¿Y qué hay de los apartamentos turísticos? Porque me dicen que, aunque los apartamentosRégimen fiscal para patrimonios inmobiliarios turísticos también son viviendas, si los alquila una persona física tiene que tributar por IRPF. Si eso fuera cierto no parece que sea mejor comprarlos a nuestro nombre que a nombre de una sociedad. ¿Esto es así?

Por cierto, tengo entendido que hay un régimen fiscal especial para las sociedades dedicadas al arrendamiento de viviendas. ¿Es cierto? ¿Pero solo se aplica si se alquilan viviendas o también vale para los alquileres de locales, oficinas y otros activos inmobiliarios? ¿Incluye los alquileres turísticos?

Todo son dudas.

¿Y qué condiciones hay que cumplir para acogerse a esa fiscalidad tan benigna? Un pajarito me ha dicho que en Canarias les han metido un buen rejón a los contribuyentes que fueron por esa vía. Por lo visto no solo hace falta que la sociedad haya contratado a un trabajador para ocuparse de los alquileres, sino que éstos supongan una carga de trabajo suficiente para dicho empleado.

¡Por Dios, que alguien me amplíe esta información!

Pero esto no es todo.

¿Qué pasa si hago todas las inversiones a mi nombre y el de mi esposa y resulta que uno de los dos fallece? ¿De verdad nuestros hijos heredarían la propiedad y el viudo se quedaría solo con el usufructo?

Jolín, vaya hostión, no solo te quedas viudo sino que además tus hijos se quedan con la mitad del patrimonio familiar: ADIÓS LIBERTAD FINANCIERA

¿Hay alguna forma de evitar esa situación? Me han dicho que constituyendo una sociedad mercantil podría esquivar ese inconveniente. Pero en tal caso, ¿qué tipo de sociedad mercantil?

Alguien me ha dicho que para dejarlo todo atado y bien atado y para que cuando yo palme Hacienda no desvalije a mis herederos, la mejor solución son las sociedades patrimoniales.

¿Qué es una sociedad patrimonial? Me gustaría conocer sus características y, ya que estamos,  ¿cuál es la estrategia más conveniente para estructurar mi patrimonio inmobiliario? Todavía no lo tengo, pero sí tengo algunos ahorrillos y, con el curso de subastas de Tristán pienso convertir ese dinero en activos inmobiliarios en cuanto pueda. Tardaré varios años, pero quiero comenzar haciendo las cosas bien desde el principio.

Ah y otra cosa, supongamos que al final me inclino por constituir una SL, ¿lo hago solo con los tres mil euros de capital social que permite la legislación y luego le presto a la sociedad el capital para que vaya adquiriendo las propiedades, en cuyo caso la deuda de esa SL conmigo crecería eternamente o, por el contrario, constituyo la nueva sociedad con mi actual capital y me dejo de historias?

¿Qué implicaciones fiscales (y de las otras) tiene que una SL tenga solo tres mil euros de capital social o tenga los cuatrocientos mil euros que ahora mismo es mi patrimonio?

Por favor, que alguien responda estas cuestiones porque no me atrevo a comprar nada hasta haber resuelto estas incógnitas. Quiero comenzar a invertir pero quiero hacerlo bien.

patrimonio inmobiliario fiscalmente amigable

 

2. RESPUESTA DE FISCALY Y TRISTÁN

Tus súplicas han sido escuchadas, querido amigo. Descuida, que tu patrimonio inmobiliario estará bien  estructurado.

Estas son algunas de las preguntas que nos hacen los alumnos recién llegados al curso TOPsubastas. Y hasta tal punto les preocupan que me he visto obligado a investigar mucho sobre ellas.

Pero obviamente estas cuestiones desbordan completamente incluso lo que ya es un temario súper extenso como el que tenemos en el curso de subastas.

Sin embargo últimamente nos gusta fardar de que TOPsubastas ha dejado de ser un simple curso de subastas para convertirse en un MÁSTER DE INVERSIÓN INMOBILIARIA, en el que cabe todo lo que tenga que ver con el negocio inmobiliario.

Así que Fiscaly y yo hemos decidido hacerle a todos los alumnos un regalo esta próxima Navidad: Una nueva unidad temática cuyo nombre va a ser CÓMO ORGANIZAR MI PATRIMONIO INMOBILIARIO.

A Fiscaly ya le conocéis: es un fiscalista súper especializado en FISCALIDAD INMOBILIARIA que si os dijera dónde trabaja os caeríais de culo. Está todo el día pico y pala peleando con Hacienda. Además es quien lleva todo el consultorio de la unidad 43 del curso TOPsubastas, que es la unidad temática de fiscalidad inmobiliaria. Por cierto, cuyos textos (los de esa unidad) pronto se van a ver notablemente mejorados y ampliados.

Y en esta nueva unidad temática que os vamos a regalar la próxima Navidad no solo se van a abordar las preguntas que hoy nos ha hecho el inversor novato, sino que también se van a abordar estas otras cuestiones, quizás un poco más técnicas:

2.1 Especificidades de las empresas que se dedican al negocio inmobiliarios de comprar y vender inmuebles:

  • ¿Cómo deben cobrar sus administradores? ¿Pueden cobrar nómina o tienen que hacerle facturas con IVA a la sociedad?
  • ¿Las empresas que compran y venden inmuebles compensan IVA o lo tienen que incluir como gasto?
  • ¿Tienen un plan de contabilidad especial o van por el plan general?
  • ¿Qué es el IAE?
  • Cuál es el IAE de las sociedades que se dedican a comprar y vender activos inmobiliarios. No a intermediar como inmobiliarias sino a comprar y vender.
  • ¿Qué es el CNAE?
  • Cuál es el CNAE de las sociedades que se dedican a comprar y vender activos inmobiliarios. No a intermediar como inmobiliarias sino a comprar y vender.
  • ¿Las empresas que se acogen al régimen fiscal especial por dedicarse al arrendamiento de activos inmobiliarios tienen un CNAE o IAE especiales?
  • ¿Puede una sociedad con una actividad que no tiene nada que ver con la inversión inmobiliaria comenzar a adquirir inmuebles con la intención de venderlos o de alquilarlos? ¿En qué condiciones se le permitiría hacerlo? Por ejemplo, Una empresa cuyo objeto social sea vender libros por internet y que invierte sus beneficios en activos inmobiliarios, ¿puede hacerlo sin ampliar el objeto social?
  • ¿Se pueden mezclar en una misma sociedad actividades que soportan IVA con otras que están exentas?
  • ¿Qué marca la Ley respecto a los sectores diferenciados y la separación de las cuotas de IVA soportado entre deducibles y no deducibles?

2.2 Especificidades de las empresas patrimoniales

  • ¿Qué es una sociedad patrimonial?
  • ¿Puede comprar y vender o no puede tener actividad y solo se constituye para gestionar un patrimonio ya establecido?
  • ¿Tributa menos en el impuesto de sociedades?
  • ¿En qué circunstancias nos interesa constituir una sociedad patrimonial en vez de una SL normal cuyo objeto social sea comprar y vender activos inmobiliarios?

O sea, que la cosa se podría resumir en que no nos gusta pagar impuestos: ser feliz pagando impuestos no está en la condición humana.

En fin, como veis hay un millón e preguntas que todos los que nos dedicamos al negocio de las subastas nos hemos hecho alguna vez. Algunos incluso nos las seguimos haciendo.

Y a las cuestiones mencionadas en el post les añadiremos las que los amables lectores nos aportéis en los comentarios. Cualquier sugerencia será siempre bienvenida. En cuanto hayamos elaborado un índice con la estructura del texto os lo comentaré para que sepáis qué se puede esperar de esta nueva iniciativa.

Y por favor, amigo lector, si la idea te ha parecido interesante no escatimes tu ayuda para difundir este texto en las redes sociales. ya sabes, es tan sencillo como pinchar en los iconos sociales de ahí abajo.

Y otra cosa. Últimamente estoy muy animado con mi perfil de Linkedin. Si tú eres usuario de esa red social sería fantástico que me ayudaras a arrancar. No se, por ejemplo, validando algunas de mis «aptitudes» o, si eres alumno del curso de subastas o has sido usuario de algunas de mis consultorías, dando tu opinión en la sección de «Recomendaciones». No tiene por qué ser una opinión positiva, solo que sea una opinión sincera.

https://www.linkedin.com/in/tristan-subastero/
Soy Héctor Arderíus, pero todos me conocen como Tristán el Subastero.

14 comentarios en “Claves para organizar el patrimonio inmobiliario para mi futura Libertad Financiera
  1. Betico86

    Menudo regalazo de Navidad, Tristán!! Mil gracias. No me lo creía cuando lo leí. Me viene como anillo al dedo, porque llevo algún tiempo dándole vueltas a todo lo que comentas. Estoy deseando hincarle el diente al nuevo tema del curso TOPsubastas 🙂

  2. Niro

    Gracias por vuestra aportación…..

    ya que Hacienda va a ser » ese socio» obligatorio en todas nuestras operaciones.

  3. Tonigs

    Hola Tristán,

    A mi me iría genial esto Ya que es lo único que voy cojo en el negocio…

    Estoy expectante en tener mi regalo de navidad espero que la optimización no me cueste una fortuna.

  4. Juan Manuel

    Increible Tristán, Solo leyendo el post una vez, ya veo que me interesa la inmensa mayoria de las cuestiones que planteas. No solo le das un plus enorme a un curso, que ya de por si es completisimo, si no que además haces que este curso sea más apetecible aún para los futuros inversores. Enhorabuena de corazon y espero con impaciencia este regalo.

  5. Bea

    Que bueno. Aunque se tenga asesor fiscal no está de más aprender de otras personas y desde otro punto de vista. Desde luego será un regalo fantástico

    1. Créeme, Bea, yo también tengo asesor fiscal (o mejor dicho, varios asesores para según que asuntos) y lo que vamos a tratar en esta nueva unidad temática no te lo va a contar nadie.

  6. loto10

    Pedazo de regalo navideño!!!!!!
    Añado una duda:
    – ¿Es verdad que en las sociedades patrimoniales el administrador puede escaquearse de los 364€ mensuales?
    E incluyo una reflexión:
    – No es obligatorio tener una nómina (parece algo obvio, pero las gestorías no te lo dicen; yo me tiré varios meses regalándole a Hacienda el 19% de la retención de una nómina que no necesitaba)

    1. Jejeje, Loto, algo tuviste tú que ver con la idea de ampliar el curso en esa dirección. Ya sabes, con la última consulta que hiciste…

      Respecto a lo que preguntas sobre evitar cotizar como autónomo… ni idea, espero que pronto lo sepamos.

  7. Qtal

    Y si a la cantidad de variables que existen le añadimos que dicha «actividad» (3-4 operaciones/año) la lleva a cabo una persona, oficialmente, jubilada?

  8. Carlos

    Hola, gracias, por tus trabajos, Tristan, lo cierto es que soy meticuloso con las reglas de juego fiscales, pero siempre estoy pensando en los políticos que han hecho unas leyes tan complicadas. yo cuando ya no puedo aclarar mas lo que tengo que hacer hago lo que me da la gana y que Dios Diga.

Los comentarios están cerrados