
Querido secretario judicial, con este manual aprenderás a rellenar adecuadamente «todos» los campos del portal de subastas judiciales y Electrónicas de la web del Ministerio de Justicia, siempre en beneficio del ciudadano y con muy poco esfuerzo extra de tu parte.
Importancia de ofrecer la mejor información posible en el portal de subastas judiciales
¿Que por qué he creído necesario publicar este manual de instrucciones y por qué me he dirigido a ti en particular?
Porque tu y yo sabemos que aunque formalmente estés cumpliendo con lo previsto en el nuevo art. 688 de la L.E.C. previsto en el art. 7 de la Ley 1/2013 que obliga a publicar todas las subastas en el Portal de Subastas Judiciales, lo cierto es que lo haces mal y de mala gana, como una imposición externa y como si no llegaras a entender la importancia de la misma.
Y estás muy equivocado.
Es de la máxima importancia que los anuncios de las subastas judiciales que vayas a celebrar en tu juzgado llegue al máximo número de potenciales participantes y, por supuesto, que les ofrezca la mejor y la máxima información posible.
Si acuden muchos postores a la subasta habrá más competencia y el precio de adjudicación subirá con lo que el acreedor verá mejor cumplido su derecho a cobrar la deuda y el demandado saldrá del mal trago con menos deuda pendiente o incluso con un capitalito sobrante en el bolsillo.
Eso por no mencionar lo mucho que le podrías facilitar la labor a los muchos ciudadanos que se interesan por esta vía de adquirir una casa.
Lo primero es indicarte que en el portal de subastas judiciales debes rellenar todos los campos, sin dejar ninguno en blanco. Esto, que parece una obviedad, no lo es en absoluto, porque ya está bien de dedicarle apenas dos minutos a cada anuncio de subasta, limitándote a colgar el edicto y a escribir los nombres del demandante y del demandado. No se trata de eso, sino de rellenar absolutamente todos los campos porque todos son necesarios para que los interesados decidan si merece o no la pena tomarse la molestia de dedicar su valioso tiempo a investigar más a fondo esa subasta concreta.
Y mira por donde que todo eso depende precisamente de que tu hagas bien tu trabajo.
Porque, además, tu sabes mucho de eso de hacer bien tu trabajo, ¿o lo has olvidado?
No me refiero a ahora, cuando tus subordinados te llaman don Juan, con la oposición aprobada hace años y sin muchas esperanzas de progresar en tu profesión, sino a hace muuuuucho tiempo, cuando aún eras Juanito, uno de los dos o tres mejores estudiantes de la escuela.
¿Dónde ha quedado aquel niño aplicado que siempre hacía puntualmente sus deberes, que era puntilloso con su responsabilidad y que nunca dejaba para el día siguiente lo que podía hacer en el momento? ¿Recuerdas aquellos cuadernos escritos con una perfecta caligrafía apretada, sin tachaduras, perfectamente ordenada y además adornada con colorines?
Sí, eras un niño muy aplicado.
Y aquellos que entonces te llamaban despectivamente «empollón» ahora se ven obligados a llamarte Don Juan.
Y precisamente ahora es cuando has dejado de merecerte el Don, pues hace mucho que olvidaste aquellos principios de llegar siempre puntual al trabajo, no dejar nunca nada atrasado, de hacerlo todo puntillosamente bien y de llevar al día todas tus obligaciones. Eso se acabó hace mucho, ¿verdad?
Corramos un tupido velo.
Solo decirte que en el portal de subastas judiciales rellenar correctamente todos los campos es muy sencillo y que podría hacerlo cualquiera, con o sin estudios y que solo hace falta una mínima parte de la aplicación que tenías a los doce años.
Ahh y que debería darte vergüenza haber sido tan aplicado de pequeño y ser ahora tan dejado y tan poco escrupuloso con una tarea tan sencilla como la que ahora paso a explicarte.
De verdad que hacerlo bien en el portal de subastas judiciales no es tan fatigoso como supones.
Comenzamos:
Manual de instrucciones del Portal de Subastas Judiciales

Encabezaniento
Aquí estaría bien poner algo que de un simple vistazo nos diera una información mínima, por ejemplo el tipo de procedimiento, número de expediente y objeto subastado.
Algo así: Ejecución hipotecaria 315/2013 calle Alora nº11 (Madrid)
ETJ 225/2008 automóvil BMW año 2002
Tipo de bienes
Inmuebles: local comercial, oficina, vivienda, finca rústica, trastero, nave industrial, garaje o solar
Muebles: Vehículos, barcos, maquinaria, mercaderías, mobiliario, derechos, etc.
Descripción de los bienes subastados
Esto, que es muy sencillo, alucino con lo mal que suele hacerse. Hay secretarios que incluso pegan aquí el edicto de subasta completo, lo cual podría valer si en el mismo hubiera una buena descripción de los bienes que se subastan, pero generalmente no es así y es demasiado frecuente que la descripción se reduzca a los datos registrales mondos y lirondos.
Por cierto, Juanito, que este es uno de los campos en los que hay que ser más aplicado. Aquí, la única descripción admisible es la misma que debe haber en cualquier contrato digno de ese nombre, a saber:
- Dirección postal: calle Serrano nº25 2ºA en Madrid
- Descripción: Vivienda de 256 m2 construidos, con vestíbulo de entrada, cocina, despensa, 4 dormitorios, 2 baños, salón-comedor con terraza y dormitorio principal con baño incluido.
- Linderos: Linda al frente con la escalera, el hueco del ascensor y con el piso derecha de esa planta, a la derecha con la calle Serrano, a la que tiene cinco huecos, a la izquierda con el patio de luces y al fondo con patio de luces y con la casa número 8 de la calle (…)
- Datos registrales: inscrito en el Registro de la Propiedad numero 8 de Madrid, Tomo: 2298, Libro: 436, folio:181 con el número de Finca Registral: 18920 y con el número de IDUFIR: 60023000086688
- Referencia catastral: Encontrarlo en el expediente es muy sencillo. Suele estar reflejado en el escrito de demanda y también en la escritura de hipoteca y también en la Certificación de Cargas. Aunque este dato también se pide casi al final, no está de más incluirlo aquí. 5749601XM7184H0038GM
Cualquier cosa que hurtes de estas que he indicado estarás haciendo un pésimo trabajo muy por debajo de tus capacidades, las cuales están archidemostradas.
Por cierto, que la idea para publicar este manual de instrucciones me vino a la cabeza tras ver el siguiente anuncio de subasta. Hace falta estar muy poco motivado en tu trabajo para que el resultado sea así de pobre.
Pues así es el 90% de lo que lo que los secretarios judiciales colgáis de esa web.
Tasación de la subasta
Aunque hay cierta confusión entre el valor de la Tasación y el Tipo de Subasta, en este campo lo que hay que escribir es el segundo, el Tipo de Subasta. Creo que no hace falta que te explique lo que es eso.
Cantidad para cuyo pago salen los bienes a subasta
O sea, la deuda reclamada.
Ni la tasación, ni la suma de la tasación más la deuda, ni cifras alucinantes que no se ni de dónde las sacas ni ninguna otra cifra que no sea la deuda reclamada monda y lironda.
Este es uno de los campos más importantes a la hora de que un potencial postor decida invertir su tiempo en investigar más sobre esta subasta. Si la deuda es muy elevada en comparación con el valor real del inmueble el inversor desistirá con muy buen criterio, pues lo más seguro es que el banco acreedor puje demasiado alto, y si la deuda es ínfima también desistirá, pues probablemente la subasta será suspendida y no se celebrará.
¿Qué es lo que te lleva, pedazo de holgazán, a dejar en blanco este campo tan importante? ¿Acaso crees que está ahí de adorno? ¿Crees que habrías sacado tan buenas notas en la EGB o en BUP de haber sido siempre tan desidioso?
Importe de la consignación
La fianza que hay que ingresar en la cta cte del juzgado para poder participar en la subasta
Fecha y hora de inicio de la subasta
¿Hace falta que explique lo que es eso?
Juzgado que tramita el expediente
El tuyo
Lugar de celebración de la subasta
Un poquito de información para los más despistados y los novatos. Por ejemplo, Sala de Audiencias del Juzgado nº37 en la quinta planta de la sede de los Juzgados de Primera Instancia sita en la calle Capitán Haya número 66
Tipo de expediente
Ejecución hipotecaria, ejecución de títulos judiciales, no judiciales, etc.
Número y año del expediente
Por ejemplo 278/2009
Ejecutante
No entiendo por qué hay tantos secretarios judiciales que no rellenan este campo y te digo lo mismo que antes: No te cuesta apenas nada dedicarle 10 segundos a hacer las cosas bien.
Ejecutado
Ídem
Edicto
Plas-plas-plas-plas, te aplaudo porque esto es lo único que tu y muchos de tus compañeros os tomáis la molestia de colgar, quizá porque os pensáis que haciéndolo os evitáis rellenar el resto de los campos.
Pues no, hay que hacerlo todo, colgar bien el edicto y además rellenar «todos» los campos.
Por cierto, que el mejor formato para colgar el edicto es el PDF, así que déjate de una vez de hacer experimentos con Word, RTF y otros archivos que ni siquiera se pueden abrir.
Lugar de publicación del edicto
Tablón de anuncios, ayuntamiento, etc.
Provincia/Municipio
Sí, ya se que a veces esto es demasiado repetitivo, pero seguro que hay motivos para hacerlo así. Rellénalo todo y no le des más vueltas.
Localización de los bienes subastados
Pobre iluso quien haya diseñado los campos pensando que ibas a tomarte la molesta de enlazar con Google Maps. Pues que sepas que algunos secretarios lo hacen ¿Por qué no vas a ser tu uno de ellos, acaso valen más que tu?
Informes periciales de los bienes subastados
Obviamente, cuando se trata de una ejecución hipotecaria no procede insertar ningún informe pericial, pero en las ejecuciones ordinarias siempre los hay y son una fuente imprescindible de información para los ciudadanos interesados en la subasta.
Hay que escanearlo y subirlo a la web.
¿Porque sabes escanear documentos, verdad?
Existencia de cargas
Si, no, todo lo contrario, etc.
Documento sobre la existencia de cargas
Aquí sí que alucino cada vez que utilizo el buscador de subastas del Ministerio de Justicia porque, no solo tu, sino que apenas nadie sube a la web un documento de la importancia de la Certificación de Cargas.
¡¡Es que es acojonante!!
La Certificación de Cargas es, junto con el Edicto de Subasta, lo más importante que el juzgado puede aportar para la información de los postores. El Vademecum, el sine qua non, el granito sobre el que se edifica la subasta.
Es vergonzoso que tú y la mayoría de tus compañeros os dejéis llevar por la molicie y la holganza, porque escanearlo y subirlo a la web no puede llevar más de unos minutillos. Además, vosotros sois los sheriff del juzgado, coño, sacad los látigos y que os lo haga el pringadillo de turno. Pero que se haga.
Joder con el empollón repeinado que siempre estaba levantando la mano en clase, mirad cómo se escaquea…
Situación posesoria
Ya está bien del «NO CONSTA» respecto a la obligación de manifestar en el Edicto de Subasta el estado de la posesión. En vez de echarle un rápido vistazo al expediente, a las notificaciones, etc. lo más fácil es cumplir manifestando que no consta.
Pero eso es mentira y tú lo sabes tan bien como yo. Claro que consta, solo hay que buscarlo en el expediente judicial. Claro, que eso requiere tomarse la molestia, ¿verdad?
Documento sobre situación posesoria
En el caso de que sea procedente, aquí tendrías que colgar el decreto reconociendo o no la validez de un contrato de arrendamiento, por ejemplo.
Referencia catastral
Por si no la has puesto al principio, fíjate si este dato es importante que el diseñador de la página lo incluye aquí para que no tengas excusa de no aportarlo.
Inscripción en el Registro de la Propiedad
Ídem, los datos registrales.
Posibilidad de visitar los bienes
Sí, ya se que esto fue una comida de olla del legislador, pero qué quieres, está en la Ley y hay que indicarlo: Sí, no, no consta.
Y esto es todo, Juanito, te aseguro que si te lo propones podrías volver a ser el trabajador responsable y maniático del trabajo bien hecho que fuiste antaño. Todos te lo agradeceremos y estoy por apostar que hasta tú te gustarás más a ti mismo.
Además, un objetivo como es que todos podamos disponer de un buen portal de subastas judiciales bien merece la pena que te esfuerces un poquito.

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